¿Estás lidiando con el pago de un colegio privado después del divorcio y tu ex pareja se niega a asumir su parte? ¿Cómo reclamar gastos de colegio privado tras el divorcio? es una de las consultas más frecuentes que recibo en mi despacho. No estás solo en esta situación frustrante donde parece que toda la carga económica educativa cae sobre tus hombros. Te prometo que hay soluciones legales efectivas y en este artículo te explicaré paso a paso cómo puedes reclamar estos gastos, qué documentación necesitas y las estrategias que realmente funcionan para conseguir que ambos progenitores cumplan con sus obligaciones económicas hacia los hijos.
Fundamentos legales para reclamar gastos escolares privados después de una separación
Cuando hablamos de reclamar gastos de educación privada tras un divorcio, debemos partir de una base legal clara. El art. 93 del Código Civil establece que ambos progenitores deben contribuir al mantenimiento de los hijos en proporción a sus recursos económicos. Esto incluye, por supuesto, la educación.
En mi experiencia como abogado especializado en derecho de familia, he comprobado que muchos convenios reguladores no especifican con suficiente claridad cómo deben distribuirse estos gastos educativos, especialmente cuando se trata de colegios privados, lo que posteriormente genera conflictos.
Es fundamental distinguir entre:
- Gastos ordinarios: Incluidos en la pensión de alimentos (material escolar básico, uniformes habituales)
- Gastos extraordinarios necesarios: Aquellos imprescindibles pero no previsibles (clases de apoyo necesarias)
- Gastos extraordinarios no necesarios: Como puede ser la educación privada, si no estaba previamente acordada
¿Cuándo se considera el colegio privado un gasto reclamable tras el divorcio?
Aquí viene lo que muchos abogados no te explican: la educación privada puede considerarse reclamable en diferentes escenarios, incluso si no está expresamente recogida en el convenio regulador. Estos son los supuestos más habituales:
Acuerdo previo entre los progenitores
Si antes del divorcio los hijos ya asistían a un centro privado y ambos progenitores estaban de acuerdo, generalmente los tribunales entienden que debe mantenerse esta situación educativa para no perjudicar al menor. El art. 158 CC prioriza siempre el interés superior del menor.
Inclusión expresa en el convenio regulador
Cuando el convenio regulador especifica que los gastos de educación privada serán compartidos, la reclamación es directa mediante un procedimiento de ejecución de sentencia. En estos casos, el incumplimiento es flagrante y la resolución suele ser favorable.
Cambio significativo de circunstancias
Si tras el divorcio se produce un cambio relevante (como necesidades especiales del menor que requieren un centro específico), puede solicitarse una modificación de medidas para incluir este gasto, según lo previsto en el art. 91 CC.
Documentación necesaria para reclamar gastos de colegio privado
Para tener éxito en la reclamación de gastos escolares privados post-divorcio, la documentación es crucial. Veamos por qué este detalle puede cambiar tu situación:
- Convenio regulador y sentencia de divorcio (documento base)
- Facturas y recibos de todos los pagos realizados (imprescindible)
- Comunicaciones con el otro progenitor solicitando el pago (emails, WhatsApp)
- Documentación del centro educativo sobre costes anuales
- Justificantes de transferencias bancarias realizadas
- Certificados de escolarización y rendimiento académico
Organiza esta documentación cronológicamente. En el despacho siempre recomendamos a nuestros clientes crear una carpeta digital con todos estos documentos escaneados para agilizar el procedimiento.
Procedimiento legal para exigir el pago de la educación privada al otro progenitor
¿Quieres saber por qué esto es crucial para tu caso? El procedimiento para reclamar gastos educativos tras la separación puede seguir diferentes vías según las circunstancias:
Reclamación extrajudicial previa
Siempre recomiendo intentar una solución amistosa mediante un requerimiento formal. Este paso, aunque no obligatorio, puede resolver el conflicto sin necesidad de acudir a los tribunales y demuestra buena fe ante el juez si finalmente hay que litigar.
El requerimiento debe:
- Detallar los gastos reclamados con fechas y conceptos
- Adjuntar justificantes de pago
- Establecer un plazo razonable para el abono (15-30 días)
- Advertir de acciones legales en caso de impago
Procedimiento de ejecución de título judicial
Si el convenio regulador ya contempla estos gastos, el procedimiento adecuado es la ejecución de sentencia según los arts. 517 y siguientes de la LEC. Este proceso es relativamente rápido y no requiere nueva valoración del fondo del asunto.
Procedimiento de modificación de medidas
Cuando el convenio no menciona la educación privada o las circunstancias han cambiado sustancialmente, deberás iniciar un procedimiento de modificación de medidas (arts. 775 LEC y 90 y 91 CC). Este proceso es más complejo y requiere probar que:
- Existe un cambio sustancial de circunstancias
- La educación privada responde al interés del menor
- Ambos progenitores tienen capacidad económica para afrontarla
Estrategias efectivas para conseguir el pago de la escolaridad privada
Esto es lo que realmente funciona en estos casos: las estrategias prácticas para lograr que tu ex pareja contribuya a los gastos del colegio privado deben ser específicas y adaptadas a cada situación:
Mediación familiar especializada
Antes de judicializar completamente el conflicto, la mediación puede ser una herramienta efectiva. Un mediador profesional puede ayudar a alcanzar acuerdos sobre el reparto de gastos educativos en un entorno menos confrontacional.
Negociación entre abogados
Como abogado que ha gestionado cientos de reclamaciones por incumplimientos post-divorcio, considero clave que los letrados de ambas partes intenten una negociación directa. Muchas veces, la intervención profesional evita que las emociones bloqueen los acuerdos.
Solicitud de medidas cautelares
En casos urgentes, como la posible expulsión del menor por impago, puede solicitarse una medida cautelar (art. 721 LEC) para que el juez ordene el pago inmediato mientras se resuelve el procedimiento principal.
Preguntas frecuentes sobre la reclamación de gastos escolares privados
¿Puedo reclamar retroactivamente los gastos de colegio privado ya pagados?
Sí, es posible reclamar los gastos ya abonados, siempre que no hayan prescrito. El plazo general de prescripción es de cinco años según el art. 1966 CC. Deberás aportar todos los justificantes de pago y demostrar que intentaste que el otro progenitor cumpliera con su obligación.
¿Qué ocurre si el otro progenitor alega que no puede pagar el colegio privado?
Si el otro progenitor alega insuficiencia económica, el tribunal valorará su situación real mediante informes de patrimonio y declaraciones de renta. Si se confirma la imposibilidad, podría reducirse su porcentaje de contribución o incluso plantearse un cambio de centro educativo. Sin embargo, si se demuestra que sí tiene capacidad económica pero se niega al pago, el tribunal puede imponer medidas coercitivas.
¿Cambia el procedimiento si el colegio privado se inició después del divorcio?
Si la decisión de matricular al menor en un centro privado se tomó después del divorcio sin acuerdo del otro progenitor, la reclamación será más compleja. Deberás justificar por qué este cambio beneficia al menor (por ejemplo, necesidades especiales, bullying en el centro anterior, etc.) y solicitar una modificación de medidas. Es fundamental demostrar que intentaste consensuar esta decisión previamente.
Conclusión: Protege el derecho a la educación de tus hijos
La reclamación de gastos de colegio privado tras el divorcio no es solo una cuestión económica, sino principalmente una protección del derecho de los menores a mantener su estabilidad educativa. Como he explicado, existen diversos mecanismos legales para conseguir que ambos progenitores cumplan con sus responsabilidades financieras hacia la educación de los hijos.
Si estás enfrentando dificultades para que tu ex pareja asuma su parte de los gastos educativos privados, no esperes a que la situación empeore. La experiencia me ha enseñado que actuar con rapidez y estrategia marca la diferencia. Cada caso tiene sus particularidades, pero con la documentación adecuada y el enfoque legal correcto, es posible conseguir una resolución favorable que garantice la continuidad educativa de tus hijos sin que toda la carga recaiga sobre ti.
Recuerda que el bienestar educativo de los menores es un derecho que debe prevalecer sobre los conflictos entre progenitores, y los tribunales suelen priorizar siempre el interés superior del menor en sus decisiones.


